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Atribuciones Profesionales. Reforma de vivienda

11 abril 2018

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 6 de Murcia, en sentencia firme de 3 de octubre de 2017, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Totana y reconoce la competencia profesional de la arquitecta técnica redactora de un proyecto de reforma de vivienda.

Entre las actuaciones contempladas en el proyecto se encontraba la apertura de un hueco en fachada ya predeterminado para colocación de puerta de acceso desde la calle a la planta primera; la completa distribución y adecuación de la planta primera (que se encontraba diáfana) y el agradamiento del hueco de dos ventanas existentes en la fachada de planta primera convirtiéndolas en balconeras.

La sentencia, a la vista de la prueba documental, testifical y pericial judicial practicada, afirma “que no está probado que las obras para las que se solicitó licencia afecten a la estructura o a la configuración arquitectónica del inmueble en el que se van a ejecutar (o están ejecutando) ni que se trate de obras complejas lo que hace innecesario que el proyecto en que se preveían debiera estar redactado por un Arquitecto Superior pudiendo suscribirlo un Arquitecto Técnico”